martes, 29 de septiembre de 2026

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Política

El Gobierno plantea prohibir los desahucios hasta 2028 y prorrogar dos años los alquileres

El Ejecutivo endurece los requisitos para el alquiler temporal y concede bonificaciones fiscales a propietarios e inquilinos

El Gobierno plantea prohibir los desahucios hasta 2028 y prorrogar dos años los alquileres

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. | David Zorrakino (EP)

El Gobierno ultima un nuevo decreto ley de vivienda que plantea mantener hasta finales de 2028 la protección frente a los desahucios de personas vulnerables y permitir prórrogas extraordinarias de hasta dos años en determinados contratos de alquiler. El borrador, que el Ejecutivo negocia contrarreloj con sus socios antes del Consejo de Ministros de este martes, incluye además una reforma del alquiler temporal y un paquete de incentivos fiscales para propietarios e inquilinos.

La iniciativa llega después del desahucio de Maricarmen, una mujer de 87 años con discapacidad que llevaba siete décadas viviendo en un piso del madrileño barrio de Retiro. El episodio llevó al Ejecutivo a comprometerse a aprobar nuevas medidas en materia de vivienda y ha acelerado unas negociaciones en las que PSOE y Sumar todavía mantienen diferencias. La formación de Yolanda Díaz considera insuficiente el borrador y reclama, entre otras cuestiones, una mayor protección frente a los desahucios y que la renovación de los contratos pueda convertirse en automática.

El texto tampoco incorpora la reforma de la Ley del Suelo que aparecía en versiones anteriores y cuya retirada reclamaba Podemos. El Ejecutivo necesita asimismo recabar el respaldo de Junts, que había exigido medidas para proteger también a los propietarios afectados por impagos. El documento todavía está sujeto a cambios antes de su eventual aprobación.

Prórrogas de hasta dos años

Una de las principales novedades afecta a los contratos de alquiler que venzan hasta finales de 2028. Los inquilinos que estén al corriente de pago podrán solicitar prórrogas extraordinarias manteniendo el precio por periodos anuales y hasta un máximo de dos años adicionales. Para disfrutar de ambos ejercicios, tendrán que solicitar una primera extensión y volver a hacerlo al terminar el primer año.

Según el borrador consultado por elDiario.es, el propietario únicamente podrá rechazar esa extensión si ofrece al arrendatario renovar el contrato vigente o firmar uno nuevo con una rebaja del alquiler de al menos el 5%. El texto no llega así a la propuesta defendida por el Sindicato de Inquilinas y respaldada por Sumar de convertir en la práctica los contratos en indefinidos, salvo determinadas excepciones.

La propuesta también ampara las solicitudes de prórroga que se formularon al amparo del anterior decreto impulsado por Sumar, que establecía extensiones de dos años y que terminó siendo derogado por el Congreso.

Protección frente a los desahucios hasta 2028

El segundo gran eje es la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2028 de determinados procedimientos de desahucio de personas en situación de vulnerabilidad económica y sin alternativa habitacional.

La protección, sin embargo, no supondría paralizar indefinidamente el procedimiento. Según el borrador, la suspensión deberá revisarse cada doce meses y tendrá una duración máxima de tres años. Una vez superado ese plazo, el desalojo podría reactivarse si la Administración no hubiera encontrado una alternativa habitacional para el inquilino.

Además, el texto contempla que las administraciones asuman los impagos o compensaciones correspondientes en determinados supuestos. La fórmula busca introducir protección para los propietarios afectados por la suspensión de los desalojos, una de las cuestiones planteadas por Junts durante las negociaciones.

Aquí hay un punto importante que convendría mantener con precisión: el borrador al que ha tenido acceso elDiario.es establece que la suspensión afectaría cuando el propietario sea una empresa o una persona física con tres o más viviendas, mientras que quienes tengan dos inmuebles o menos quedarían fuera de esa prohibición. Sumar está negociando modificar esta redacción.

El alquiler temporal, limitado a 12 meses

El decreto plantea también modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos para endurecer las condiciones de los contratos de temporada. El propietario tendrá que acreditar una causa real que justifique la temporalidad y, en ausencia de ella, el contrato pasará a considerarse de vivienda habitual.

Estos alquileres tendrán una duración de entre 31 días y un máximo de 12 meses. Si se supera ese periodo sin una causa que lo justifique o se encadenan más de dos contratos consecutivos sin justificación, el arrendamiento se convertirá en habitual.

El Gobierno pretende además someter los alquileres temporales a restricciones similares a las de los contratos ordinarios. Sin embargo, el último borrador no extiende esta regulación a los alquileres por habitaciones, una decisión respaldada por Junts pero rechazada por Sumar, que trata de modificarla durante las últimas negociaciones.

El documento también limita la actualización de las rentas al índice de referencia correspondiente y prohíbe trasladar al inquilino determinados gastos, entre ellos los de gestión inmobiliaria o formalización del contrato. Asimismo, limita las garantías adicionales y contempla que en las zonas tensionadas los nuevos contratos estén sujetos al precio anterior o al sistema estatal de índices de referencia.

Bonificaciones de hasta el 100% para los caseros

La pata fiscal constituye otro de los principales elementos del decreto. El Gobierno plantea que los propietarios puedan alcanzar reducciones de hasta el 100% en el IRPF sobre los ingresos procedentes del alquiler en determinados supuestos, frente al máximo actual del 90%. Entre ellos estaría rebajar más de un 5% la renta respecto al contrato anterior o firmar un nuevo alquiler por debajo del máximo establecido por el índice de referencia.

Las reducciones bajarían al 95% cuando una vivienda situada en una zona tensionada se alquile a menores de 35 años bajo determinadas condiciones, mientras que el borrador contempla otros porcentajes en función del contrato, la ubicación de la vivienda y las características del inquilino. Para los arrendatarios, se plantea una deducción de hasta el 10% por el alquiler de la vivienda habitual en zonas tensionadas, sujeta a determinados límites de renta.

El paquete incorpora además cambios fiscales sobre las viviendas turísticas y las Socimi, así como recargos en el IBI para determinados inmuebles vacíos. Las sanciones previstas para plataformas turísticas que incumplan las obligaciones de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos podrían alcanzar el millón de euros.

Préstamos de hasta 50.000 euros

Finalmente, el borrador crea la denominada línea TU CASA, un mecanismo gestionado por el ICO que ofrecerá préstamos de hasta 50.000 euros a tipo de interés cero y sin comisiones. El texto contempla también ampliar hasta los 2.000 millones de euros una línea de avales destinada a financiar proyectos que incrementen el parque de vivienda asequible y mejoren el ya existente.

El Gobierno pretende llevar el decreto al Consejo de Ministros de este martes, aunque las negociaciones continúan abiertas. Sumar sostiene que el acuerdo todavía no está cerrado y mantiene sus exigencias para reforzar el texto, por lo que el contenido definitivo puede experimentar modificaciones respecto al borrador conocido este lunes.




 

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