de: | Nelson Aramburu nelsonaramburu@gmail.com |
Proyecto de ley para liberar criminales de lesa humanidad
Estimadas y estimados compas,
en la comisión de DD.HH del Senado, reactivaron un viejo proyecto de Ley para otorgar salidas alternativas a los condenados por crimenes de derechos humanos.
Ya hay varias organizaciones que han expuesto ante la comisión y el próximo martes 5 le corresponde al Comando Unitario, a Cintras y al Codepu.
Hemos sostenido una reunión para aunar criterios y poner énfasis comunes frente a la maniobra.
Para alertar y entregar insumos para la discusión, les adjunto los dos borradores que entregue en la reunión de hoy que serán trabajados colectivamente por los dirigentes de las organizaciones del comando para tener un texto definitivo el lunes.
El primer texto va en bruto y el corregido va mas formal.
Siéntanse libres de usarlos como textos para discusión o difusión con las modificaciones que estimen pertinentes.
Estamos además tratando de saber cual es la postura del Gobierno sobre el tema, porque sospechamos que está haciendo la vista gorda.
Un abrazo y espero comentarios.
humanitarias. Sin embargo, al analizar su contenido y alcances, se advierte que tiende a
debilitar gravemente el compromiso del Estado chileno con la justicia, la memoria y los
derechos humanos.”
Aunque se presenta como medida humanitaria para ancianos o enfermos terminales, saca
de la ecuación un elemento determinante: va dirigido específicamente a quienes
secuestraron, torturaron, asesinaron e hicieron desaparecer a miles de compatriotas,
personas que no dan señales de arrepentimiento y muchos declaran públicamente que lo
volverían a hacer. Por ello es importante partir señalando que, los crímenes que afectan
los derechos humanos de la población, no prescriben, no son amnistiables y no deben ser
relativizados.
Este tipo de delitos—tortura, desapariciones forzadas, ejecuciones
extrajudiciales—atentan contra la dignidad humana y han dejado heridas profundas en
nuestra sociedad. Permitir beneficios penitenciarios a sus responsables, aunque estén en
situación vulnerable, puede abrir la puerta a la impunidad y debilitar el compromiso del
Estado chileno con la justicia y los tratados internacionales que ha suscrito.
La Corte Suprema, en su momento señaló que esta iniciativa podría entrar en tensión con
la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar estos crímenes. No se trata de
venganza, sino de memoria, verdad, justicia, y asegurar las garantías de no repetición.
Chile atraviesa un momento complejo en su historia democrática. La presencia en el
Congreso de parlamentarios que reivindican abiertamente la Dictadura Civil-Militar como
mecanismo de resolución institucional, y que exaltan la figura de un dictador responsable
de graves violaciones a los derechos humanos, representa una amenaza al compromiso
republicano con la memoria, la justicia y la verdad.
Diversos fallos del Poder Judicial han documentado el saqueo de recursos fiscales durante
ese régimen, lo que se suma a la sistemática represión contra defensores de la
democracia. En este contexto, se ha instalado un discurso negacionista que busca
relativizar los crímenes cometidos.
Resulta especialmente alarmante que un diputado, hoy candidato presidencial, haya
declarado públicamente que, en circunstancias similares, volvería a apoyar un Golpe de
Estado. Este tipo de afirmaciones no solo banalizan el quiebre institucional vivido por
Chile, sino que normalizan la violencia política y el desprecio por el Estado de Derecho.
Este proyecto de ley se inscribe en esa lógica.
Las y los sobrevivientes de prisión política y torturas, tenemos muy claro que, otorgar
beneficios como la “detención domiciliaria” a criminales contumaces, no solo vulnera el
principio de justicia, sino que envía un fuerte mensaje a la sociedad: el Estado actual está
dispuesto a flexibilizar su compromiso con la verdad, la defensa de la democracia y las
garantías de NO Repetición.
Cuando desde el parlamento de la república surgen voces reivindicando la Dictadura, y
apelando hipócritamente a los derechos de personas vulnerables recluidas, y buscan
otorgar beneficios a los peores criminales de la historia nacional; se hacen cómplices de
una maniobra de IMPUNIDAD, que daña profundamente a las víctimas sobrevivientes y a
sus familiares.
El congreso nacional, debiera tener como prioridad la defensa de los derechos humanos
de la población que fue víctima de estos criminales que, a pesar de haber sido condenados
tras largos procesos en que contaron con todas las garantías procedimentales, hoy se
pretende victimizar.
Así como Honorables Senadores han calificado de ficción jurídica la figura del “secuestro
calificado”, nosotros queremos dejar establecido que no existe la “prisión domiciliaria”. La
prisión es un establecimiento de cumplimiento de penas, bajo control del Estado y las
instituciones correspondientes. Entregar la responsabilidad de cumplimiento de penas a
los familiares de los condenados, es sin lugar a dudas una burla a la Justicia.
Para nadie es un secreto, que la mayor parte de los uniformados condenados por graves
delitos contra ciudadanos indefensos, tienen familiares en las fuerzas armadas; y desde la
comodidad de sus domicilios particulares, pueden perfectamente influir en miembros
activos de las FF.AA.
Se alega en el proyecto que el sistema judicial y penitenciario ha creado una desigualdad
en el tratamiento de condenados por delitos de DDHH en comparación con otros delitos. –
Extrañamente se argumenta en el Boletín N° 17370-17 que la jurisprudencia ha ignorado
los derechos de los condenados, afectando su igualdad ante la ley.
¿Se refieren los Honorables Senadores que desempolvan una y otra vez este proyecto de
Ley, a la jurisprudencia internacional que, en incontables resoluciones de las Naciones
Unidas, Comités contra la Tortura, la Desaparición Forzada y otros, enfatizan que los
crímenes contra la humanidad –aunque en Chile se usen eufemismos- son
imprescriptibles e inamnistiables?
Tal como lo establece el Estatuto de Roma, la Convención contra la Tortura y la
jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estos crímenes no
admiten beneficios penitenciarios que impliquen impunidad.
No es superfluo señalar que la jurisprudencia internacional sobre la materia, como
correctamente han interpretado los Tribunales, se aplica en Chile en virtud de los
Acuerdos, Resoluciones y Pactos de los que el país es firmante.
Contexto Histórico y Político
El contexto histórico de la justicia en Chile influye en la percepción y tratamiento de los
condenados por delitos de lesa humanidad. Y como podría ser de otra manera, cuando
Chile y sus ciudadanos fueron expuestos durante 17 años a una Dictadura brutal que daño
profundamente el alma nacional. Asegurar las garantías de NO REPETICIÓN debe ser una
de las prioridades de todas las instituciones de la República. Pero con la presentación de
proyectos PRO IMPUNIDAD, envueltos en discursos “humanitarios” que no logran ocultar
sus objetivos, esto se relativiza.
Concordamos con los patrocinadores de este proyecto, en que la situación de los ancianos
y enfermos recluidos en prisión son inaceptables; excepto, la de los recluidos en Punta
Peuco, que gozan de condiciones extraordinarias en comparación con personas privadas
de libertad por delitos mucho menores.
Como todo Chile sabe estos reos tienen dormitorios con sala de estar, espacios de
recreación, régimen especial de visitas, atención oportuna de salud. Cabe destacar que, a
diferencia de un reo común, NINGUNO de ellos ha fallecido en la cárcel; todos han muerto
en clínicas privadas u Hospitales institucionales rodeados de sus familias.
Como señala el Boletín aludido, es cierto que se requiere una solución legislativa para
abordar la situación de los condenados ancianos y enfermos en las cárceles. La falta de
atención médica y las condiciones inhumanas en las cárceles son inaceptables. La
reinserción social debe ser prioritaria en la ejecución de penas, considerando la salud y la
dignidad de los reos.
Pero es muy poco ético escudarse en una situación real de personas vulnerables, para
otorgar beneficios a ex funcionarios del Estado que, cuentan con millonarias pensiones,
con redes corporativas que les permiten atención médica de alto nivel en hospitales del
Ejército, de Carabineros, de la Armada Nacional o de la Fuerza Aérea.
Nos llama la atención un párrafo, que dice: “La pena debe ser legítima y orientada a la
rehabilitación, respetando la dignidad humana”.
¿Los Honorables Senadores patrocinantes de esta iniciativa tienen alguna duda de la
legitimidad de las condenas establecidas por los tribunales de la República, tras largos
procesos en que los imputados contaron con todas las garantías procesales y con
enjambres de abogados pagados por las instituciones?
Citan además la noción de “pena inútil”. Cuando las penas están orientadas a prevenir
futuros delitos, en este caso la solución de conflictos sociales por medio de la fuerza
militar; adquieren toda su importancia las Garantías de No Repetición, establecidas por los
Pactos, Acuerdo y Resoluciones internacionales.
La dignidad del preso y su derecho a reintegrarse a la sociedad son fundamentales en el
contexto jurídico y social actual; pero ello no pasa por dar más privilegios a condenados
por crímenes aberrantes contra las personas, sino por legislar en beneficio de una
población penal pobre y vulnerable, que no cuenta con respaldos corporativos, políticos,
ni redes familiares con buenos ingresos.
La afirmación de que los “reos ancianos y enfermos requieren un tratamiento especial
debido a su vulnerabilidad”, la compartimos plenamente. Y esperamos que los senadores
mantengan a firme ese criterio cuando llegue el momento de asignar presupuesto a las
instituciones como Gendarmería, en especial a los establecimientos penitenciarios de
Salud, para que puedan ser atendidos como corresponde.
Muchos sobrevivientes compartimos con reos en diversos recintos de reclusión, a veces
por largos años. Conocemos la cruel realidad de muchos condenados mayores u
enfermos. Podemos afirmar que un gran número de ellos no tienen como sobrevivir fuera
de las cárceles. A diferencia de los represores condenados, no cuentan con redes
familiares ni institucionales, nadie les da trabajo ni alojamiento. Lo que realmente les
ayudaría, sería contar, al interior de los recintos carcelarios, con instalaciones y recursos
médicos adecuados a su condición. Y en eso efectivamente la legislación puede jugar un
rol determinante. Pero si revisamos los debates legislativos de las últimas décadas, eso no
ha sido una prioridad para los Honorables Senadores.
En cuanto a que la prevención general y especial no se ve afectada por la reclusión
domiciliaria de reos vulnerables, nos parece una afirmación cuestionable. La amenaza de
la norma penal deja de ser efectiva, cuando se tuerce el veredicto de tribunales,
estableciendo en la práctica una situación de impunidad.
En el caso de los condenados por graves violaciones a los derechos humanos, los reos
ancianos no son inofensivos. En la medida que son contumaces en justificar sus crímenes
como “una defensa de la Patria” estimulan las digresiones contra la democracia como
vemos en los casos de los diputados Labbe y Kaiser. Por estas razones estamos muy de
acuerdo en que “La pena debe ser proporcional y considerar las circunstancias del
condenado.”
Chile ha avanzado con dificultad en el camino de la justicia transicional. Este proyecto
amenaza con desandar ese camino, debilitando la confianza en nuestras instituciones y en
el respeto por los derechos fundamentales.
Por todo lo anterior, llamamos a las y los senadores a rechazar este proyecto de ley. La
memoria de las víctimas, el compromiso con la democracia y el respeto por los derechos
humanos exigen una postura firme y coherente.
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